Condiciones generales de Contratación FTTH

  1. OBJETO

El Abonado suscribe el presente Contrato (Condiciones Generales de Contratación FTTH) con la compañía DISTRIBUCIONES ARVE 21 S.L. (en adelante «ARVETEL») la cual le presta el Servicio de Acceso Fijo a Internet de Banda Ancha mediante fibra óptica (en adelante «FTTH») como Proveedor de Acceso a Internet debidamente inscrito y con CIF B-57824864

Las presentes Condiciones Generales sustituyen a cualesquiera previamente aceptadas o firmadas que difieran de estas.

El Abonado podrá ponerse en contacto con el Servicio de atención al Cliente por medio de los siguientes métodos de contacto:

  • Email: administracion@arvetel.com 
  • Teléfono de Atención al Cliente: 971.949.390 
  • Formulario de contacto: www.arvetel.com/contacta 

El presente contrato regula la prestación al Abonado del servicio telefónico móvil en la modalidad de contrato y de banda ancha fija en la modalidad de FTTH por parte de ARVETEL.

Como contraprestación, el Abonado deberá abonar a ARVETEL el importe del Servicio prestado según las tarifas vigentes en cada momento. El Cliente solo podrá utilizar el servicio en calidad de usuario final del mismo, quedando estrictamente prohibida su reventa o comercialización, así como la cesión del Contrato.

El Abonado garantiza que es mayor de edad, así como que la totalidad de los datos e informaciones contenidos en el presente formulario son exactos, completos y precisos, y que responden verazmente a la situación actual del Abonado.

El abonado puede imprimir y descargar el presente Contrato, asimismo las presentes condiciones se encuentran insertas en la web de ARVETEL. Al hacer clic en el botón «Acepto», situado en el formulario de contratación en www.arvetel.com el Abonado manifiesta expresamente haber leído detalladamente, revisado y aceptado íntegramente el formulario de contratación y Condiciones Generales del Servicio

Convergente de Fibra y Móvil, así como el Aviso Legal alojado en el Sitio Web, obligándose a cumplir las obligaciones, instrucciones, pautas y procedimientos que constan en los mismos.

  1. PROCESO DE ALTA E INSTALACIÓN

2.1. Consulta de Cobertura.

2.1.1. El proceso de solicitud del Servicio comienza con la comprobación, por parte del Abonado, de la disponibilidad técnica del Servicio, mediante la consulta online de la cobertura existente en la dirección donde pretende contratar el Servicio.

2.1.2. Terminado el proceso de solicitud, se generará una orden de provisión del Servicio al proveedor de red, disponiendo ARVETEL de un plazo de 20 días naturales para confirmar al Cliente la prestación definitiva del servicio.

2.2. Equipo e instalación.

2.2.1. La adquisición del equipo y la instalación en el domicilio del Abonado son obligatorios. Si el Abonado no cuenta con la instalación necesaria para la prestación del Servicio, es necesario que ARVETEL u otra empresa que actúe por su cuenta, lleve a cabo la instalación del mismo en el domicilio del Cliente. Para ello, un técnico de ARVETEL u otra empresa externa autorizada por ésta, se desplazará al domicilio del Abonado en la fecha acordada con el mismo. El Abonado autorizará expresamente a ARVETEL y a los técnicos que ésta designe el acceso a su domicilio y a la instalación y equipos necesarios para la correcta instalación del servicio de FTTH. El Abonado tendrá que proporcionar al técnico la entrada a la ubicación del edificio en que se encuentre el acceso para la Fibra Óptica en caso de que el mismo haya sido desplegado en áreas comunes, en el interior de la finca.

2.3. Acciones para la instalación del Servicio:

2.3.1. Conexión del tendido de Fibra Óptica exterior hasta el edificio del Abonado.

2.3.2. Tendido de cable por el interior del edificio o fachada, hasta el interior de la vivienda del Abonado.

2.3.3. Instalación en el domicilio del Abonado de una ONT y un Router WIFI.

2.3.4. Conexión de los equipos instalados a un máximo de 1 metro entre ellos.

2.3.5. ARVETEL podrá modificar los elementos a instalar, así como el proceso de instalación necesario, según las necesidades del servicio en cada momento.

2.3.6. El Abonado mantendrá todos sus servicios previamente contratados en ARVETEL, no suponiendo el FTTH, la baja de los servicios previamente contratados. En caso de que el Abonado dispusiese de acceso a Internet fijo en su anterior operador es responsabilidad del mismo. En caso de que el Abonado desee dicha baja, deberá dirigirse a su anterior operador. ARVETEL quedará en todo momento exenta de responsabilidad frente a terceros.

2.3.7. La no aceptación por parte del Abonado de la instalación básica a realizar por ARVETEL dará derecho a esta a resolver el contrato de forma inmediata, procediendo a facturar al Abonado aquellos gastos generados hasta la fecha de resolución del contrato.

2.4. Activación

2.4.1. Una vez finalizado el plazo máximo de 20 días naturales desde la firma del presente contrato, la activación tendrá lugar el mismo día en que ARVETEL complete la instalación en el domicilio del Abonado. En caso de instalación preexistente, deberá comprobarse la idoneidad de la instalación previa.

2.4.2. El Servicio de FTTH comprende acceso a Internet de Banda Ancha con navegación 24 horas a la velocidad de acceso contratada y los Servicios adicionales asociados. Debido a las características técnicas del Servicio, dicha velocidad es máxima, no pudiendo garantizar ARVETEL en todo momento la velocidad de acceso que el Cliente haya contratado.

  1. TARIFAS, FACTURACIÓN Y PAGO

3.1. El Abonado deberá abonar a ARVETEL el importe correspondiente al Servicio conforme a las tarifas aplicables en cada momento, por el método o procedimiento que sea aplicable.

3.2. El coste de alta del servicio será de cero euros para el cliente.

3.3. Los equipos podrán ser cedidos de forma gratuita por ARVETEL, mientras el Abonado mantenga el Servicio de FTTH contratado con ARVETEL. Teniendo este que devolverlos, si cursa la baja.

3.4. El ciclo de facturación del servicio se realizará el día 1 de cada mes y se emitirá el cobro de la factura en los días posteriores.

3.5. El Abonado pagará a ARVETEL mediante domiciliación bancaria o, mediante los medios de pago que le indique ARVETEL.

3.6. El cambio en el precio del Servicio que se presta al Abonado, será comunicado a éste con una antelación mínima de 1 mes antes de su entrada en y el Abonado podrá resolver el Contrato durante dicho mes en el caso de no aceptar las nuevas tarifas en los términos legalmente previstos y sin penalización alguna.

3.7. En el caso de que el Abonado no pague una factura correspondiente al Servicio, se entenderá a todos los efectos como impagada la factura del Servicio y ello facultará expresamente a ARVETEL para aplicar respecto al Abonado cualquiera de las medidas legalmente previstas para los supuestos de impago (Suspensión temporal o baja).

3.8. Las facturas no abonadas en la fecha de su vencimiento devengarán en un interés de demora igual al interés del dinero incrementado en dos puntos y medio y una comisión máxima de 35,00€ (impuestos indirectos incluidos), por los costes de gestión ocasionados.

  1. EQUIPOS

4.1. ARVETEL instalará y entregará al Abonado en su domicilio, los siguientes equipos necesarios para la prestación del Servicio:

  • ONT
  • Router WIFI
  • Un punto de terminación de red óptica o PTRO, en caso necesario.
  • Cableado con los límites descritos anteriormente.

4.2. Cualquier otro equipo, periférico o dispositivo entregado por ARVETEL al Abonado para la correcta instalación y prestación de los Servicios.

4.3. ARVETEL cede el equipo al Abonado en régimen de cesión. El Abonado será responsable del uso adecuado y conservación del equipo, así como de su manipulación.

4.4. El Abonado se obliga a devolver el equipo a ARVETEL en un estado de uso y conservación adecuados para la correcta utilización del servicio, previa solicitud a ARVETEL, en cualquier momento y en el período de 1 mes posterior a la baja del Servicio. Si el Abonado no devuelve el Equipo en dicho plazo, deberá abonar a ARVETEL la cantidad de 180,00€.

4.5. ARVETEL realizará mantenimiento y configuración en el momento de instalación de los equipos entregados por este, no siendo responsable de los equipos y configuraciones en el equipamiento personal del Abonado.

4.6. ARVETEL reparará las averías que se produzcan en los equipos cedidos o relacionados con la prestación del servicio proporcionados por ARVETEL, asumiendo el coste de las mismas, siempre y cuando, se hubieran producido por causas no imputables al Abonado.

4.7. En caso de que el Abonado reporte una avería o un mal funcionamiento del servicio, deberá notificarlo al Servicio de Atención al Cliente de ARVETEL. En caso de que la avería requiera el desplazamiento de un técnico, ARVETEL se hará cargo de los gastos relacionados a la incidencia, siempre y cuando no sea una falta, avería o incidencia en equipo / domicilio del Abonado. En dicho caso, este deberá hacerse cargo de los gastos de mano de obra y desplazamiento del técnico.

  1. PERMANENCIA

La permanencia es el período de tiempo que tienes que estar con nosotros por el descuento que te hemos hecho en el alta, instalación o servicio. La permanencia del servicio será de 18 meses y tiene una penalización por incumplimiento de 150€. Este importe se reducirá proporcionalmente en función del tiempo transcurrido hasta su finalización. Se abonará la permanencia en caso de:

5.1. Dar de baja el servicio de fibra o la línea móvil asociada o portarla a otro operador.

5.2. Cambio de domicilio de la instalación.

5.3. Cambio de velocidad o tarifa. En ese caso, no se abonará penalización, pero se aplicará una nueva permanencia de 18 meses y se considerará como un alta nueva a todos los efectos.

  1. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO

Si el Cliente no atendiera parcial o totalmente el pago de las cantidades adeudadas del período de facturación correspondiente, ARVETEL, previa notificación al Abonado quedará facultada para suspender temporalmente el Servicio. ARVETEL restablecerá en un plazo de 24 horas laborables el servicio una vez el importe adeudado haya sido satisfecho. En el caso del servicio de FTTH, se devengará la cantidad de 29€ (impuestos indirectos incluidos) a favor de ARVETEL, en concepto de restablecimiento del servicio.

  1. INTERRUPCIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO

ARVETEL podrá interrumpir ocasionalmente los Servicios con objeto de trabajos de mejora, mantenimiento, reparación o similares, si bien dichas interrupciones serán lo más breves posibles y se realizarán en horarios de mínimo consumo. Ante cualquier incidencia, el Abonado podrá ponerse en contacto con ARVETEL a través del Servicio de Atención al Cliente por las vías anteriormente indicadas.

  1. SECRETO DE LAS COMUNICACIONES E INTERCEPTACIÓN LEGAL

De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Española y en la Ley General de Telecomunicaciones, ARVETEL adoptará todas las medidas necesarias conforme a la legislación vigente a fin de garantizar el secreto de las comunicaciones. En cualquier caso, ARVETEL quedará exonerada de toda responsabilidad que pudiera derivarse del quebrantamiento del derecho del Abonado al secreto de las comunicaciones cuando dicho quebrantamiento sea directamente imputable al Abonado.

En todo caso ARVETEL, en colaboración con otros operadores, adoptará las medidas necesarias para posibilitar la interceptación legal de las comunicaciones de conformidad con la legislación vigente.

  1. PROTECCIÓN DE DATOS

Se informa al Abonado que sus Datos de Carácter Personal serán incorporados a un Fichero de Datos personales y tratados de conformidad con lo establecido REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE («RGPD») y el resto de normativa de protección de datos que resulte aplicable, y que el mismo podrá ejercer sus derechos de rectificación, portabilidad, acceso, limitación, supresión, oposición, revocación y reclamación contactando por los medios previstos en el presente contrato.

Asimismo, los operadores de telefonía móvil tienen la obligación legal de conservar ciertos datos del Abonado para finalidades de investigación, detección y enjuiciamiento de delitos, de conformidad con los establecido en la Ley 25/2007, de Conservación de Datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones

ARVETEL® Madrid, C/ Hermosilla 48, 1º D. – C.I.F B57824864 I.R.M de Palma de Mallorca con fecha 24/09/2013, número de inscripción 1, Tomo 2548, Folio 7, Sección PM, Hoja 72467.

El Abonado consiente expresamente el tratamiento de sus datos personales, tanto los incluidos en el presente formulario como de los que le sean cedidos por el operador donante en caso de marcarse la casilla de Solicitud de Portabilidad, tanto para la gestión del presente Contrato como para el cumplimiento de la Ley 25/2007.

El responsable del fichero es DISTRIBUCIONES ARVE 21 SL, con domicilio social Madrid, C/ Hermosilla 48, 1º D – 28001 Madrid y CIF B-57824864.

El tratamiento de sus datos sigue las siguientes finalidades:

  1. Prestación del Servicio de telecomunicaciones. Dentro de esta finalidad se engloban diferentes actividades que resulten necesarias e inherentes a la prestación del Servicio de telecomunicaciones como: La gestión de los procesos de portabilidad tanto en aquellos casos en los que ARVETEL intervenga como Operador donante como en aquellos otros en los que lo haga como Operador receptor.

La conducción de la comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas, el establecimiento y enrutamiento de la llamada (incluyendo la interconexión).

La provisión del Servicio de acceso a Internet, en caso de encontrarse dentro de los Servicios contratados.

El registro de los datos de tráfico e interconexión y su uso con el objetivo de poder proceder a su facturación o al descuento dentro del saldo disponible para las tarjetas prepago, así como la reclamación extrajudicial y judicial en caso de impago.

  1. Envío de publicidad sobre nuevas tarifas, promociones y mejoras de ARVETEL aplicables al Servicio contratado o que resulten similares. Dentro de esta finalidad, se engloba el uso de sus datos personales para enviarle comunicaciones relacionadas con la prestación, mejora y actualización de Servicios, así como información publicitaria sobre promociones aplicables a su Servicio, nuevas tarifas u otros Servicios (incluyendo Servicios de valor añadido) que puedan resultar de su interés. Esta información publicitaria será remitida por cualquier canal (mensajes de texto, correos electrónicos, llamadas telefónicas, correo postal…) y podrá ser genérica o personalizada, por lo que, en este último caso, se basará en el tratamiento previo de sus datos con el objetivo de poder proceder a su perfilado y cartelización, determinar gustos, preferencias y necesidades y, en base a éste, identificar las ofertas que puedan resultar más interesantes. En cualquier momento se permitirá al Cliente oponerse al envío de nuevas comunicaciones comerciales pudiendo hacer uso, asimismo, de este derecho por correo postal a la dirección arriba expuesta, por correo electrónico a la dirección administracion@arvetel.com o a través de nuestro Servicio de Atención al Cliente.
  2. Analizar los datos de tráfico, facturación, navegación y geolocalización del Cliente para desarrollar nuevos productos de valor añadido. En caso de que preste su consentimiento, ARVETEL podrá analizar los datos de tráfico, facturación, navegación y geolocalización del Cliente para lograr una mayor información sobre sus gustos, hábitos de consumo y necesidades (p.ej. conocer el alcance y distribución de su consumo de datos y de minutos) para desarrollar acciones comerciales sobre productos y Servicios.
  3. Comprobar su capacidad de pago en ficheros de solvencia patrimonial y mediante procedimientos automáticos de scoring, siempre que preste su consentimiento, podrá comprobar su capacidad de pago en ficheros comunes sobre solvencia patrimonial y crédito cuyos responsables presten tal Servicio con arreglo a la legalidad vigente, siempre que mantenga con el Cliente una relación contractual que implique el abono de una cuantía pecuniaria (p.ej. cualquier Contrato en modalidad Pospago) o con el objetivo de evaluar la viabilidad económica de una nueva contratación que suponga financiación, pago aplazado (p.ej. la subvención de un terminal) o facturación periódica. Asimismo, como parte del proceso de evaluación de la capacidad de pago del Cliente, ARVETEL podrá acudir a procedimientos automatizados de sistemas de scoring y de pago a las entidades responsables de sistemas comunes de información crediticia (p.ej., BADEXGUG, ASNEF, Fichero de Incidencias Judiciales, etc.), de acuerdo con la legislación vigente.
  4. Conservar los datos una vez finalizado el Contrato En caso de que preste su consentimiento, ARVETEL conservará sus datos una vez finalizado el Contrato, por un plazo máximo de 5 años, con el objetivo de: Poder realizar estudios estadísticos que permitan realizar acciones comerciales de mayor valor para ambas partes (p.ej. desarrollar modelos de propensión al abandono).
  5. Verificar la exactitud de los datos aportados por el Cliente y lucha contra el fraude ARVETEL tienen interés en proteger al Cliente y a la propia compañía del fraude en la contratación. En este sentido, podrá verificar la exactitud de los datos aportados por el Cliente a través de los Códigos CSV o mecanismos similares o solicitando a la entidad bancaria emisora su confirmación.

Asimismo, en caso de adherirse al Sistema Hunter, incorporará los datos de sus Clientes a un fichero titularidad de la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE EMPRESAS CONTRA EL FRAUDE. Los datos serán comparados con otros datos de solicitudes de Servicios de telefonía que figuren en el Sistema Hunter para la prevención del fraude en solicitudes, exclusivamente con objeto de detectar la existencia de información potencialmente fraudulenta dentro del proceso de aprobación del Servicio. Si se diera el caso de que se detectaran datos inexactos, irregulares o incompletos, su solicitud será objeto de un estudio más pormenorizado, y dichos datos serán incluidos como tales en el fichero y podrán ser consultados para las finalidades anteriormente mencionadas, por las entidades adheridas al Sistema Hunter y pertenecientes a los siguientes sectores: financiero, emisores de tarjetas, medios de pago, telecomunicaciones, renting, aseguradoras, compra de deuda, inmobiliario, suministro de energía y agua, facturación periódica y pago aplazado. La lista de entidades adheridas al Sistema Hunter estará accesible en la Página Web de la Asociación Española de Empresas contra el Fraude: www.asociacioncontraelfraude.org El Cliente puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad o limitación al tratamiento de sus datos ante la Asociación Española de Empresas contra el Fraude, dirigiéndose a la siguiente dirección:

Apartado de Correos 2054, 28002 (Madrid), a través del envío de una solicitud firmada y acompañada de fotocopia de su documento identificativo.

  1. Comunicar los datos de impago de la deuda a sistemas comunes de información crediticia. En caso de no atender puntualmente a sus obligaciones económicas frente a ARVETEL, y resultando de ello una deuda cierta, vencida y exigible y previo requerimiento previo de pago se procederá a la comunicación de sus datos identificativos y los datos relativos a la deuda pendiente de pueda utilizar la entidad como, por ejemplo, su vinculación, antigüedad, el uso que realiza de los Servicios contratados, datos obtenidos de terceros en caso de que preste su consentimiento, datos proporcionados por terceros tales como empresas de geomarketing, RRSS, Catastro, Registro de la Propiedad, otras empresas de telecomunicaciones, la CNMC u otras empresas que pudieran colaborar con este organismo para el cumplimiento de la normativa de telecomunicaciones, empresas que proporcionan información sobre las actividades económicas de autónomos o profesionales.
  2. Compartir datos de dirección de envío con los operadores logísticos correspondientes para la correcta entrega de los productos y equipamiento facilitados al Abonado descritos en el contrato.
  3. Compartir información de dirección de cobertura e instalación con Orange, para el servicio de fibra óptica e instalación por parte de los técnicos.

9.1 Comunicación de los datos.

Los datos personales tratados por ARVETEL para alcanzar las finalidades detalladas anteriormente podrán ser comunicados a los siguientes destinatarios en función de la base legitimadora indicada.

DESTINATARIO TIPO DE DATOS COMUNICADOS LEGITIMACIÓN

Otras empresas de telecomunicaciones Datos de carácter identificativo y de tráfico Desarrollo y mantenimiento del servicio: enrutamiento de llamadas, gestión de portabilidades, instalación de fibra, etc.. Servicios de emergencias (Ej: 112)

Datos de carácter identificativo y de localización Normativa Legal Agentes facultados en cumplimiento de la Ley 20/2007 de conservación de datos personales Detallados en el artículo 3 de la Ley 25/2007 Normativa Legal Empresas titulares de ficheros de solvencia patrimonial para las finalidades 2, 3, 4, 5, 6 y 7

Datos de carácter identificativo, de consumo y sobre posibles deudas pendientes Interés legítimo Operadores logísticos Datos de carácter identificativo Envío de productos y equipamiento. (Routers, tarjetas, SIM, etc..)

9.2 Tiempo de conservación de los datos.

Los datos personales serán conservados mientras se mantenga la relación contractual con el Cliente y con posterioridad a la misma, por un plazo máximo de 5 años, si hubiese prestado su consentimiento. Finalizada la relación contractual (o, en su caso, transcurrido el plazo de 5 años), los datos serán suprimidos conforme a lo dispuesto en la normativa de protección de datos lo que implica su bloqueo, estando disponibles tan solo a solicitud de Jueces y Tribunales, el Ministerio Fiscal o las Administraciones Públicas competentes durante el plazo de prescripción de las acciones que pudieran derivar y, transcurrido éste, su completa eliminación. En cualquier caso, si al finalizar la relación contractual existieran litigios pendientes derivados del ejercicio de acciones de impugnación de la factura o tendentes a lograr el cobro de las mismas, los datos podrán conservarse durante la tramitación de los mismos, en tanto no recaiga resolución definitiva (fecha en la que se procederá a su bloqueo y posterior borrado), si bien sólo podrán utilizarse a fines probatorios.

9.3 Derecho de los usuarios.

Nuestra normativa de protección de datos le confiere una serie de derechos en relación con el tratamiento de datos que implican nuestros Servicios que podemos resumir en los siguientes:

  • Derecho de acceso: Conocer qué tipo de datos estamos tratando y las características del tratamiento que estamos llevando a cabo.
  • Derecho de rectificación: Poder solicitar la modificación de sus datos por ser éstos inexactos o no veraces. 
  • Derecho de portabilidad: Poder obtener una copia en un formato interoperable de los datos que estén siendo tratados.
  • Derecho a la limitación del tratamiento en los casos recogidos en la Ley.
  • Derecho de supresión: Solicitar la supresión de sus datos cuando el tratamiento ya no resulte necesario.
  • Derecho de oposición: Solicitar el cese en el envío de comunicaciones comerciales en los términos antes señalados.
  • Derecho a revocar el consentimiento prestado, siendo su petición procesada en el plazo aproximado de 10 días.
  • Derecho a interponer una reclamación frente a la autoridad de control (en España la AEPD).

Puede ejercitar sus derechos mediante correo postal a:BB PHONE LEVANTE SL, con domicilio social en ARVETEL® Madrid, C/ Hermosilla 48, 1º D – C.I.F B57824864 o mediante correo electrónico a la dirección: administracion@arvetel.com. Indicando en ambos casos el derecho a ejercitar y acompañando la documentación requerida. 

En la Página Web de la AEPD puede encontrar una serie de modelos que le ayudarán en el ejercicio de sus derechos.

  1. MODIFICACIÓN CONTRACTUAL

El Abonado se compromete a comunicar a ARVETEL cualquier cambio en los datos del contrato.

  1. DEPÓSITOS DE GARANTÍAS

11.1. En cualquier momento durante la vigencia del Contrato y siempre que la normativa aplicable así lo permita, ARVETEL podrá requerir al Abonado para que garantice el cumplimiento de sus obligaciones dinerarias en virtud del presente Contrato mediante la constitución de un depósito no remunerado en efectivo o un aval bancario con una cuantía máxima del gasto de los tres meses anteriores a aquel en que la Garantía se constituya. En tal caso el Abonado deberá proceder a constituir la garantía en un plazo máximo de 15 días

desde que sea requerido a ello. Los supuestos en los cuales la normativa permite actualmente la exigencia de una garantía son los siguientes:

11.1.1. En los contratos de abono al servicio telefónico disponible al público solicitado por personas físicas o jurídicas que sean o hayan sido con anterioridad abonados al servicio y hubieran dejado impagados uno o varios recibos, en tanto subsista la morosidad.

11.1.2. En los contratos de abono al servicio telefónico disponible al público cuyos titulares tuvieran contraídas deudas por otro u otros contratos de abono, vigentes o no en ese momento o bien que, de modo reiterado se retrasen en el pago de los recibos correspondientes.

11.1.3. En aquellos supuestos en que excepcionalmente lo autorice la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, a petición de los operadores, en casos de existencia de fraude o tipos de fraude detectados de modo cierto y para asegurar el cumplimiento del contrato por los usuarios finales.

11.1.4. La existencia de un riesgo de fraude, morosidad o de uso ilícito del Servicio

11.2. Igualmente, y en cualquier momento durante la vigencia del Contrato, ARVETEL podrá, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Abonado, asignar un límite de crédito al Abonado, así como restringir los servicios de tarifas superiores, servicios de tarificación adicional, servicios internacionales y otros servicios móviles, de comunicación electrónica o de valor añadido.

11.3. Si el Abonado no constituyese la garantía requerida, ARVETEL podrá rechazar la solicitud de contratación del Abonado.

11.4. ARVETEL procederá a devolver la garantía desde el momento en que tuviera constancia de la desaparición de las causas que motivaron su constitución, o en el caso de haber sido motivadas a raíz de impagos reiterados, por el transcurso de un año sin haberse impagada factura alguna.

11.5. Si el Abonado se diera de baja en el Servicio o solicitará un cambio de titularidad del Contrato,

ARVETEL podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída y no abonada por el Abonado, quedando a su disposición el remanente.

  1. EXTINCIÓN, CESIÓN DEL CONTRATO Y BAJA SERVICIO CONVERGENTE

12.1. El Contrato, que se suscribe por plazo indefinido, podrá ser resuelto por cualquiera de las Partes por las causas generales de extinción de los Contratos.

12.2. En cualquier caso, el Abonado podrá solicitar la resolución mediante comunicación al efecto dirigida al Servicio de Atención al Cliente remitiendo, asimismo, por motivos de seguridad, fotocopia de su documento de identificación. La resolución de este modo solicitada se efectuará en dos (2) días hábiles desde la recepción de dicha solicitud y, en el supuesto de que existieran cantidades subvencionadas o bonificadas al Abonado por parte de ARVETEL, deberá el Abonado reembolsarlas en su totalidad antes de tramitar la baja.

12.3. En el caso de Fibra Óptica ello no supone la baja automática de todos los servicios que el Cliente pudiera tener contratados previamente con ARVETEL.

12.4. El retraso de pago durante más de 90 días o 3 meses facultará a ARVETEL para interrumpir definitivamente el servicio y la correspondiente resolución del contrato.

12.5. En cualquier caso, el Contrato se entenderá resuelto siempre que a causa de una modificación legal y/o técnica (tal como la pérdida del título habilitante de ARVETEL) devenga imposible total o parcialmente la prestación del Servicio tal y como fue contratado. Si la imposibilidad fuera parcial, el contrato quedará resuelto sólo respecto a la parte afectada, a menos que el Servicio se viera por ello sustancialmente modificado.

12.6. Por cese de ARVETEL en la prestación del Servicio, previa comunicación al Abonado con treinta (30) días de antelación sobre la fecha prevista para dicha cesación.

  1. LEGISLACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

El presente Contrato se regirá e interpretará conforme a la Ley española

ARVETEL® Madrid, C/ Hermosilla 48, 1º D – 28001 Madrid. – C.I.F B57824864 I.R.M de Palma de Mallorca con fecha 24/09/2013, número de inscripción 1, Tomo 2548, Folio 7, Sección PM, Hoja 72467.